La violencia física y/o psicológica que ocurre al interior de la familia y que afecta a mujeres y adultos
mayores constituye un problema social que tiene un alto impacto en la salud. Es necesario
desarrollar acciones de prevención, detección y acogida en todas las instancias de atención en salud.
I. ANTECEDENTES
• La Violencia Intrafamiliar ejercida hacia mujeres y adultos mayores provoca daños en su salud física y psicológica. Los daños físicos pueden ser lesiones de distinta gravedad e incluso terminar con la muerte de la o del afectado. Los daños en la salud mental son el Estrés Post Traumático, la Depresión, los Trastornos Psicosomáticos y pueden conducir a intentos de suicidio u homicidio de parte de los afectados. Estos efectos son tan severos que implican elevados costos de atención médica, ya sea en los Servicios de Urgencia como en los programas en el nivel primario.
• Se estima que alrededor del 33,6 % de las mujeres viven algún grado de violencia en sus relaciones familiares. Aunque la prevalencia en adultos mayores no ha sido estudiada en el país, se estima que alcanzaría un 4% (proyección de estudios internacionales).
• Las acciones de salud para disminuir la ocurrencia y el impacto de la violencia están orientadas a brindar una atención individual a la persona afectada, integrando acciones de orientación social y psicológica. En esta atención se debe evaluar el riesgo vital, la pertinencia y el momento en que el accionar de salud debe ampliarse a otros miembros de la familia, responsables o potenciales protectores, lo cual se realiza mediante un conjunto de actividades preferentemente grupales.
• Por las implicancias policiales y judiciales del problema, cada equipo y establecimiento de atención primaria debe diseñar y mantener actualizados los procedimientos para la denuncia del agresor y protección inmediata o diferida de la víctima.
• En el nivel primario de atención, con el fin de disminuir la ocurrencia y el
impacto de la violencia, las acciones de salud están orientadas a la pesquisa precoz de estas situaciones y brindar una atención oportuna a la persona afectada, integrando acciones de orientación social y psicológicas, en esta atención debe evaluarse el riesgo vital, la pertinencia y el momento en que el accionar de salud debe ampliarse a otros miembros de la familia.
impacto de la violencia, las acciones de salud están orientadas a la pesquisa precoz de estas situaciones y brindar una atención oportuna a la persona afectada, integrando acciones de orientación social y psicológicas, en esta atención debe evaluarse el riesgo vital, la pertinencia y el momento en que el accionar de salud debe ampliarse a otros miembros de la familia.
• En el nivel secundario estas acciones están orientadas a abordar situaciones de violencia de mayor complejidad, como la presencia de una relación de violencia de muy larga data, o con riesgo de suicidio, homicidio, o se encuentra asociada a alguna enfermedad, por ejemplo, Trastorno de Estrés Post Traumático. Asimismo, está orientada a atender a las personas agresoras, referidas como medida de sanción por la Ley 19.325.
II. ATENCIÓN PRIMARIA Y DE URGENCIA DE MUJERES Y ADULTOS MAYORES AFECTADOS POR VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
• Grupo de población a la que está dirigida
Mujeres y adultos mayores consultantes en establecimientos de atención primaria en el sistema público de salud.
Mujeres y adultos mayores consultantes a médicos en el sistema de libre elección y privado de salud.
Consultorios Urbanos y Rurales, Postas Rurales que reciben equipo médico de ronda, Centros de Salud Familiar, Centros Comunitarios de Salud Mental Familiar (COSAM) Servicios de Urgencia y Centros Médicos y consultas privadas de médicos generales. y obstetras-ginecólogos.
• Normativa y orientación técnica que regula la intervención
“Manual de Apoyo Técnico para las Acciones de Salud en Violencia Intrafamiliar”, Ministerio de Salud, 1998.
• Forma de acceso a la atención
Mujeres y adultos mayores atendidos en Servicios de Urgencia por lesiones producidas por probables situaciones de Violencia Intrafamiliar
Mujeres que consultan por morbilidad general o en control en cualquiera de las actividades entregadas por el Programa de la Mujer.
Adultos mayores atendidos en examen integral de salud del adulto mayor, programa de patologías crónicas o en consulta de morbilidad general.
Mujeres y adultos mayores referidos por la red de grupos comunitarios o servicios de otros sectores.
• Prevalencia poblacional
En uno de cada cuatro hogares chilenos se viven situaciones de violencia intrafamiliar. Se estima que por cada 1.000 mujeres de entre 15 y 65 años, 336 de ellas sufre algún grado de violencia en sus relaciones familiares, y por cada 1.000 adultos mayores, 40 de ellos lo sufren.
• Demanda estimada al año
Por cada 1.000 mujeres atendidas en establecimientos de APS, 60 presentarían una situación de violencia grave en el hogar que motiva una consulta por alguna molestia física o psicológica.
Por cada 1.000 personas mayores de 65 años atendidas en establecimientos de APS, 5 presentarían una situación de violencia grave en el hogar o institución de residencia que motiva una consulta por alguna molestia física o psicológica.
III. ATENCIÓN ESPECIALIZADA DE MUJERES, HOMBRES Y ADULTOS MAYORES AFECTADOS POR VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
Mujeres y adultos mayores con situaciones de violencia con riesgo vital para su integridad física, de suicidio u homicidio y quienes presenten asociadas a la situación de violencia complicaciones tales como estrés post traumático, depresión, y otras.
Hombres agresores referidos por la ley 19.325.
• Tipos de establecimientos en que se otorga la atención
Consultorios de especialidades, CRS, CDT, Centros Comunitarios de Salud Mental Familiar (COSAM), Servicios de Psiquiatría, Centros médicos o consulta Privada de especialistas, Clínicas Privadas. Centros de atención de Violencia Intrafamiliar de las Municipalidades u organizaciones no gubernamentales.
• Orientación técnica que regula la intervención
“Manual de Apoyo Técnico para las Acciones de Salud en Violencia Intrafamiliar” , Ministerio de Salud, 1998.
Mediante consultorías entre especialista y equipo APS y/o enlace con otros servicios clínicos
Mediante interconsulta emitida en Consultorio, Servicio de Urgencia, Servicio de Urgencia Primaria.
(SAPU), Consultorio de Especialidades no psiquiátricas, consulta privada de médico no especialista.
En psiquiatría.
Derivaciones desde el Servicio de Urgencia.
Referencia desde juzgados por Ley 19.325.
• Demanda estimada al año
Por cada 1.000 mujeres de entre 15 y 65 años, 12 de ellas requerirán de atención especializada por una situación de violencia grave en el hogar.
Por cada 1.000 mujeres de entre 15 y 65 años, 12 de ellas requerirán de atención especializada por una situación de violencia grave en el hogar.
Por cada 1.000 personas mayores de 65 años, 1 de ellas requerirá de atención especializada por una situación de violencia grave en el hogar o institución de residencia.